- En sentido contrario a las 14 iniciativas de ley que motivan la reforma, sin parlamento abierto y sin consulta a organizaciones con experiencia y documentación sobre el reclutamiento forzado de niñas, niños y adolescentes.
- Sorprendentemente por unanimidad, sin el más mínimo cuestionamiento, reforman un artículo viejo de 1966 basado en una visión previa a la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, el Interés Superior de la Niñez de 2011 y de la Ley General de Derechos de Infancia de 2014.
- Llamamos al Senado de la República a evitar lo que podría ser un retroceso legislativo que no garantiza la protección efectiva de la niñez víctima de reclutamiento forzado en México.
4 de marzo de 2026.- México no puede combatir el ampliamente documentado y grave crimen del reclutamiento forzado de niñas, niños y adolescentes con atajos legales que, aunque incrementan años de cárcel, terminan siendo ineficaces. La reforma votada el día de hoy -de forma sorprendente sin el mínimo cuestionamiento- en la Cámara de Diputados, que opta por agregar una agravanteal viejo delito de “corrupción de menores”—un tipo penal pensado en la época de 1966—, evade el problema central: el reclutamiento y la coacción ejercida por estructuras criminales sobre la niñez y la adolescencia.
La decisión legislativa dice sostenerse en “razones técnicas” para no crear un delito autónomo —como supuestas redundancias con la Ley de Trata, el non bis in idem o la taxatividad—, violando los Artículos 1 y Artículo Constitucional del principio pro persona y el interés superior de la niñez, para sacrificar a las víctimas al negarles el estándar más alto de protección que el Estado debe garantizar cuando están en juego la vida, la seguridad y el desarrollo de la niñez. Este enfoque prioriza la comodidad interpretativa del sistema —que se resuelve con capacitación, protocolos y análisis de sentencias— antes que el interés superior de la niñez y la protección integral de quienes hoy son el objetivo más vulnerable del crimen organizado. De acuerdo con estimaciones de organizaciones de la sociedad civil, en México entre 145,000 y más de 250,000 niñas, niños y adolescentes están en riesgo de ser reclutados o utilizados por grupos delictivos.
Lo más delicado es que el dictamen desvía el foco de las víctimas infantiles. Al “encajar” el reclutamiento en un molde de corrupción de menores (sic), se refuerza una narrativa que sugiere “desviación” en la infancia reclutada, en lugar de reconocerla como lo que es: víctima de explotación, coacción y violencia armada, frecuentemente en contextos donde el Estado llega tarde o no llega. Y cuando la ley no reconoce con claridad a la víctima, el sistema de justicia tiende a repetir el error más costoso: adolescentes terminan procesados como delincuentes, no atendidos como personas a quienes se les debe proteger y restituir derechos.
Además, los datos oficiales nos muestran una verdad incómoda: vivimos un contexto de impunidad estructural y redes criminales que capturan instituciones, así que una reforma penal aislada, montada sobre un tipo penal que lleva dos décadas sin servir para enfrentar el reclutamiento, corre el riesgo de volverse letra muerta. En otras palabras, una “simulación legislativa” que promete castigo sin garantizar resultados. Si durante veinte años de violencia armada la figura jurídica de “corrupción de menores” no se usó para enfrentar el reclutamiento forzado, no hay razón para suponer que ahora, sin cambios de fondo, vaya a funcionar.
El Senado de la República tiene hoy la oportunidad —y la responsabilidad— de frenar este retroceso. No se trata de ser “blandos” frente al crimen: se trata de legislar con seriedad, con estándares de derechos humanos y con visión de Estado. La protección de la niñez no puede depender de otros intereses políticos, económicos o punitivos, debe sostenerse en el interés superior de la niñez, las evidencias y con los compromisos internacionales que México ya asumió.
Las 14 iniciativas legislativas que motivan la reforma reconocen de manera explícita, que el Comité de los Derechos del Niño de la ONU recomendó a México tipificar de forma autónoma el reclutamiento, precisamente para alinearse con el Protocolo Facultativo correspondiente, y porque las leyes de trata no cubren todas las dimensiones del reclutamiento por grupos delictivos. Ese estándar internacional no es una sugerencia decorativa, es el máximo de derechos humanos para garantizar a la infancia una vida libre de violencia.
Por eso, solicitamos atentamente al Senado que convoque de inmediato al parlamento abierto, con participación de especialistas, organizaciones expertas, instituciones y, de forma central, con mecanismos adecuados para escuchar a niñas, niños y adolescentes que viven en las zona de mayor violencia; su participación significativa es parte de la solución. Consultarles no es un gesto simbólico, es cumplir el derecho a ser escuchadas y escuchados en los asuntos que les afectan, y es construir una ley que funcione en el mundo real.
El Senado fue protagonista de un hecho histórico en 2014 con la aprobación la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, les conminamos a iniciar un nuevo proceso para avanzar hacia una legislación integral de un tipo penal autónomo de reclutamiento forzado de niñas, niños y adolescentes, y que incorpore con claridad el enfoque de víctima, la desvinculación y la protección integral, para que ninguna infancia termine castigada por sobrevivir a la coacción de grupos armados.
El Senado todavía puede hacer historia a favor de la vida de miles de niñas, niños y adolescentes víctimas de reclutamiento en México.
Atentamente,
Juan Martín Pérez
Coordinador Ejecutivo
Enlace al dictamen votado: https://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/66/2026/mar/20260304-IV.pdf#page=55
Contacto de prensa: Verónica Morales / [email protected]


